La Audiencia Provincial de Badajoz ha ordenado el ingreso en prisión de la conocida como ‘la manada’ de Badajoz: los tres hombres condenados a 12 años de cárcel por la agresión sexual en grupo a una mujer ocurrida en septiembre de 2016 en la rampa de un garaje de la Urbanización Guadiana.
El decreto en el que se solicita la ejecución de la pena se les ha notificado esta semana y se les ha dado un plazo de 5 días hábiles para que ingresen de manera voluntaria en el centro penitenciario para cumplir la pena que se les impuso. Si no es así, la Audiencia de Badajoz dictará órdenes de busca y captura e ingreso en prisión a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.
Los tres hombres entrarán en la cárcel justo ocho años después de los hechos por los que fueron juzgados y tras haber agotado todas las vías ordinarias de recurso. Ninguno de ellos ha estado en prisión preventiva durante este tiempo.
Los procesados fueron sentenciados por la Audiencia Provincial de Badajoz en 2022 a 13 años y medio de cárcel, condena que ratificó posteriormente el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) y que el Tribunal Supremo rebajó a 12 años, tras admitir parcialmente los recursos de casación interpuestos por las defensas, en aplicación de la denominada ley del ‘solo sí es sí’.
Los condenados deberán, además, abonar 180 euros por la multa de un mes con cuota de 6 euros diarios que se les impuso como autores de un delito leve de lesiones. Tienen 10 días de plazo para consignar el pago desde la notificación.
A estas penas, la sentencia añade la inhabilitación especial de los condenados para ejercer cualquier profesión u oficio relacionado con menores por un periodo superior en 15 años al tiempo de privación de libertad, así como la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de la de la víctima ni comunicarse con ella durante 10 años y la libertad vigilada los mismos años.
Los tres jóvenes fueron considerados autores de un delito agravado de agresión sexual con acceso carnal por vía bucal, cooperadores para su comisión, sobre víctima «especialmente vulnerable», después de que el tribunal considerase acreditado que la madrugada del 26 de septiembre del 2016, la víctima coincidió en un pub de la Urbanización Guadiana con uno de los condenados, al que ya conocía previamente, que estaba acompañado por los otros dos.
Aunque eran conocedores de la situación de embriaguez y confusión en la que se encontraba la mujer -fueron testigos de cómo la expulsaban de un local de copas por su estado-, los tres hombres, aprovechándose de sus condiciones, la obligaron a que los acompañase, llevándola a empujones hasta el fondo de la rampa de acceso a un garaje de la calle Castillo de Almorchón.
Una vez allí, la despojaron de sus ropas dejándola totalmente desnuda y la acorralaron entre los tres y agarrándola por el cuello y los brazos e inclinándola al doblarle la espalda, la forzaron a realizarles felaciones a todos, llegando a introducir sus penes en la boca de la víctima, turnándose para sujetarla.
Fue un vecino quien, alertado por el jaleo, avisó a la policía, que encontró a la víctima desnuda, de rodillas y a los varones con los pantalones desabrochados.
La mujer, que en el juicio testificó por videoconferencia, renunció expresamente a ser indemnizada.