A pesar de los esfuerzos de la madre por promover el vínculo y justificar las ausencias, el hombre nunca se acercó a su hija.
31 de julio 2024, 04:56hs
El Juzgado de Familia de 2° Nominación de Córdoba decidió no establecer un régimen comunicacional entre una adolescente de 15 años y su padre. El juez consideró que cualquier intento sería infructuoso debido a la actitud desinteresada del padre.
En su resolución, el tribunal invitó a la joven a buscar apoyo terapéutico para abordar el impacto emocional de esta situación familiar.
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El juez Gabriel Tavip subrayó que la comunicación paterno-filial es un “derecho-deber” que requiere la intención y acción de ambas partes para ser efectiva.
A pesar de los esfuerzos de la madre por promover el vínculo padre-hija y justificar las ausencias del progenitor, el hombre nunca se acercó a su hija, según la denunciante.
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El padre demostró un “reprochable desinterés” durante el proceso, al no presentar propuestas para un régimen comunicacional ni asistir a las audiencias.
El tribunal valoró el interés superior de la adolescente, basándose en el dictamen de la representante complementaria, quien consideró que establecer un régimen en estas condiciones podría ser perjudicial para la joven.
Además del rechazo a la solicitud, el tribunal condenó al padre a pagar las costas del juicio, los honorarios del abogado y los posibles gastos de terapia de la adolescente. El juez Tavip también hizo un llamado a la joven, elogiando su fortaleza y deseo de reconectar con su padre, a pesar de la conducta de este.