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Resistencia
27 noviembre, 2024

La justicia rechazó el pedido de Alberto Fernández para censurar y prohibir la difusión de fotos o videos de él con mujeres

La jueza federal María Eugenia Capuchetti rechazó el planteo de Alberto Fernández a través del cual había solicitado que se prohíba a los medios de comunicación la reproducción, mención «o cualquier otra conducta que implique la invasión a mi privacidad e involucre a mujeres”. El pedido se formuló después de que tomara estado pública una serie de filmaciones que involucran a Alberto Fernández, por ejemplo, con la periodista Tamara Pettinato. La magistrada indicó que el pedido carecía de fundamentos, lo calificó como «impreciso» y dijo que podría «afectar la libertad de expresión y de prensa».

Alberto Fernández recibió otro fallo adverso en Comodoro Py. Como contó Clarín, la jueza Capuchetti determinó que la denuncia que inició el ex presidente contra Fabiola Yañez por violación de intimidad y difusión, no debe tramitar en el fuero federal penal. En la resolución de nueve páginas, además, rechazó la medida cautelar con la que se pretendía intimar «a los medios de comunicación que se abstengan de reproducir, mencionar o cualquier otra conducta que implique la invasión a mi privacidad e involucre a mujeres”.

El fallo judicial sostiene que Fernández no logró «demostrar la verosimilitud en el derecho invocado, ya que, al momento de realizar su presentación, no indicó cuál sería el objeto de la medida cautelar, sino que tan sólo se limitó a expresar manifestaciones genéricas en torno a que no se divulgue información personal que involucre a mujeres”.

Dando mayor fortaleza a ese argumento, la jueza Capuchetti añadió que en el planteo no se llegó a «precisar hacia quiénes se debería dirigir la medida solicitada, ya que no individualizó correctamente cuáles serían los medios de comunicación afectados”.

El exjefe de Estado había hecho referencia en su demanda la necesidad de dictar una medida cautelar ante la «urgencia extrema» de la situación. «Recientemente se vienen publicando y difundiendo fotos y videos que falazmente se me atribuyen por parte de diversos medios y figuras públicas. Estas cuestiones que desde ya son falsas y maliciosas, solo buscan afectar la estabilidad familiar y salud psicofísica de mis hijos«, sostenía su escrito.

Ante la situación, la magistrada consideró que hacer caso al reclamo de Fernández podría poner en riesgo la libertad de expresión y de prensa, «derechos de raigambre constitucional», y que hacerlo «representaría una censura previa”.

La demanda de Fernández es una «acción preventiva de daños» contra el Ente Regulador de las Telecomunicaciones (Enacom) y las empresas Google, Facebook y X.

La presentación del ex presidente fue realizada en su momento bajo el argumento de que existe «una flagrante amenaza de difundir supuestas imágenes o supuestos videos que tienen como única finalidad ofender, agredir, vulnerar, menoscabar y afectar» su «nombre, honor, imagen, intimidad o integridad«.

Al respecto, la jueza Capuchetti, sostuvo: “Vale la pena mencionar que tanto el honor, como la intimidad y otros derechos inherentes a la persona no admiten como regla la protección judicial preventiva, sino remedios reparatorios. De admitirse la medida cautelar solicitada, se estaría llevando a cabo una censura previa, afectándose, de esa manera, el derecho constitucional de libertad de expresión, el cual constituye uno de los principios básicos de toda sociedad democrática».

En la misma resolución rechazó intervenir en el caso donde la denunciada es Fabiola Yañez al entender que no es competencia de la justicia federal, y además la jueza rechazó ordenar a los medios que se abstengan de la publicación de imágenes, videos tal como había requerido Fernández.

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