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Resistencia
22 noviembre, 2024

Una propuesta tributaria y financiera para la Argentina que viene

Nos encontramos en el medio de una transición político-económica, donde la coyuntura nos encuentra con una economía marcada por una abrupta caída del peso, precios aún deprimidos de acciones y bonos soberanos.

La expectativa, dado lo anunciado preliminarmente por el nuevo gobierno electo, es que, junto a otras medidas, se efectúe una fuerte reducción del gasto público en el corto plazo, lo cual ya empezó a repercutir favorablemente en las cotizaciones de los activos delreducido mercado de capitales argentino actual.

Aún con la suba de estos días, queda todavía un recorrido grande para la recomposición de estos activos financieros.

Existe alto consenso de que la reducción del gasto público debería estar acompañada de una reforma fiscal integral, inteligente y coherente, que incentive la generación de riqueza en el sector privado, a efectos de reducir los actuales niveles de pobreza.

Mientras se trabaja sobre la reforma, una medida de corto plazo (y por qué no, de mediano o largo) que disminuiría la presión fiscal real en forma inmediata e incentivaría el mercado de capitales local, sería la posibilidad de cancelar obligaciones tributarias con bonos soberanos argentinos.

Es una medida que, sin duda, repercutiría favorablemente en los contribuyentes y beneficiaría también a otros actores de la vida argentina: favorece a las finanzas públicas por la posibilidad de cobro de obligaciones tributarias, algunas de difícil recupero -por estar en instancias de discusión por ejemplo-, también a los mercados, al contribuir a seguir mejorando el valor de los bonos y al Estado argentino por las señales de desendeudamiento y de pagode la deuda pública.

A efectos de instrumentar esta medida debería determinarse como valor de transferencia el valor técnico de los bonos, o al menos, una proporción determinada del mismo.

Dicho valor técnico sería el valor nominal residual actual del bono considerando los intereses corridos hasta el momento del cómputo como cancelación de la obligación tributaria.

La magnitud del descuento sobre las deudas y obligaciones tributarias corrientes para el sector privado sería significativa, por lo cual se crearía un fuerte incentivo para que parte del ahorro privado se canalice voluntariamente a la compra de estos bonos y a la consecuente cancelación de obligaciones tributarias.

Además, y como señal política importante, esta medida significa en los hechos que se respetará el cumplimiento de la deuda pública asumida.

La implementación de este mecanismo resultará en un círculo virtuoso para todos los actores involucrados, transformándose en una fuerte herramienta de fomento para colaborar con el regreso a los mercados de capitales por parte del Estado nacional.

En síntesis, esta medida, debería permitir:

• Afectar fondos genuinos en pesos o en divisas, a la compra de títulos públicos que serían entregados al fisco nacional a valor nominal o aforados con un porcentaje a definir sobre el valor nominal.

• Reactivar el alicaído mercado de capitales.

En resumidas cuentas, el Estado daría señales inequívocas de compromiso de pago de deuda, lo cual contribuiría a la reducción del riesgo país y en consecuencia a seguir sosteniendo el aumento del precio de los bonos soberanos.

En definitiva, el “efecto riqueza” derivado de este mecanismo se compartirá entre el Estado y los privados, sin pérdida de “caja” para el Estado y contribuyendo de esta manera a la mejora sustancial de las cotizaciones financieras de los activos argentinos.

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