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2 noviembre, 2024

Ultimátum: las empresas cripto tienen 45 días para inscribirse en la CNV o no podrán operar en el país

Un día antes de que termine la visita del GAFI al país, la CNV oficializó por decreto en el Boletín Oficial la creación del Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales, un directorio a donde deberán registrarse en los próximos 45 días las empresas del sector cripto que operan en el país.

La medida forma parte de la instrumentación de Prevención del Lavado de Activos, el Financiamiento del Terrorismo y la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, que fue sancionada por el Congreso hace casi 10 días. El registro de proveedores de activos virtuales era una de las recomendaciones que el GAFI le hizo al país para evitar colocarlo en una «lista gris».

Así, quienes operen de manera profesional y sobre un piso mensual de alrededor de US$ 32.000 (el equivalente a 35.000 UVAs al mes) estarán obligados a ingresar a este registro. Según explicaron fuentes oficiales esto aplica tanto a personas humanas como jurídicas, que deberán cargar en el sitio web de la CNV la información requerida.

El registro comprende a todos quienes utilicen páginas web, redes sociales u otros medios, direccionando su oferta y/o publicidad a sujetos residentes en la República Argentina, que tengan un cierto volumen de operaciones en el país o que utilicen cualquier tipo de tecnología para recibir localmente fondos de residentes en el mismo.

“Hemos trabajado a contrarreloj para avanzar en el cumplimiento de la Ley N° 25.246 que reforma el Sistema Normativo Nacional de Prevención en Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (LA/FT) y presentar hoy la creación del registro PSAV antes de que finalice la visita del GAFI al país y teniendo en cuenta su recomendación sobre el tema”, declaró el presidente de la CNV, Roberto E. Silva.

En este sentido dijo que “damos inicio al proceso de registro de proveedores de servicios de activos virtuales”, y destacó que “quienes no estén registrados, no podrán operar en el país”. En la CNV reconocieron que la instrumentación de este registro es una primera fase de la regulación del sector cripto, que en una segunda instancia podría significar la creación de una licencia, necesaria para poder operar en la Argentina.

Sin embargo, advirtieron que aún no hay plazos establecidos para esta segunda etapa. «Queremos seguir hablando con el sector. Las empresas mismas quieren avanzar hacia una regulación y nosotros no queremos hacer un «Frankenstein» o avanzar en una medida que resulte negativa para la industria», aseguraron.

Aunque las empresas comprendidas en este registro se volverán «sujetos obligados» ante la UIF (Unidad de Información Financiera), tanto en la CNV como en el sector destacaron que esta medida «no cambia nada para los usuarios».

En ese sentido, la Cámara Fintech trabaja desde hace semanas para proponer una reforma impositiva para el sector cripto, de manera de no desalentar que los usuarios de argentinas prioricen operan dentro de plataformas, billeteras o exchanges que estén registrados ante el regulador.

«Desde hace más de un año que equipos técnicos de la Cámara trabajan en mesas de trabajo con la CNV y la UIF sosteniendo que, dada la naturaleza de los activos virtuales, un exceso de regulación podría implicar la paradoja de una mayor informalidad y tendencia a operar hacia exchanges extranjeros/desregulados, contrariando los objetivos pregonados por la normativa y afectando gravemente a la industria y a los usuarios de las más de 10 millones de cuentas de activos virtuales que usan para pagar, ahorrar e invertir su dinero. Por eso es que, en forma complementaria, la Cámara está impulsando un nuevo marco tributario que ponga en igualdad de condiciones a los activos virtuales custodiados por PSAV registrados con otros activos financieros regulados por CNV, en tres impuestos nacionales: Ganancias, Bienes Personales y el impuesto a los Débitos y Créditos», explicaron desde la agrupación empresaria.

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