La medida se estableció mediante la Resolución General 5465/2023 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), publicada este lunes en el Boletín Oficial, y aclara una duda que habían planteado varios usuarios de tarjetas de crédito, si se tiene en cuenta que la suma de los recargos por la percepción de Ganancias y el pago del impuesto PAIS era del 155% antes de la devaluación del peso respecto del dólar oficial.
La nueva Resolución General -la primera suscripta por la nueva titular de la AFIP, Florencia Misrahi- determina que las percepciones que deba aplicarse sobre operaciones pactadas en moneda extranjera «que se hubieran realizado con anterioridad al 13 de diciembre de 2023 y siempre que se hubieran cancelado con tarjetas de crédito cuya fecha de cierre de liquidación -en la que se incluyan dichas operaciones- fuera igual o posterior al día 14 de diciembre de 2023, se calcularán considerando la alícuota del 30%».
A ese 30% debe agregarse un alícuota similar por el impuesto PAIS, por lo que la carga impositiva total sobre este tipo de operaciones se redujo del 155% al 60%, a modo de compensación ante el incremento de la cotización del dólar oficial.