24.9 C
Resistencia
28 noviembre, 2024

Omar Yasín, secretario de Trabajo: «Los cambios laborales son para generar más trabajo, la CGT exagera con su reacción»

Los cambios laborales en el DNU dictado por el Gobierno son muy amplios, a tal punto que puede ser calificada de una Reforma Laboral, que va en línea con lo que venían y vienen reclamando distintos sectores empresarios y consultoras privadas. Como era esperable, los anuncios que apuntan al mercado del trabajo recibieron inmediatamente un rechazo de la CGT, de numerosos sindicatos y de las asociaciones de abogados laboralistas

Es que el capítulo laboral es amplísimo: según abogados laboristas modifica 26 artículos de la Ley de Contrato de Trabajo como distintos aspectos de la contratación laboral (por ejemplo de 3 a 8 meses del período de prueba, la exclusión de la ley de Contrato de Trabajo de los contratos de Obra y Servicio. También modifica el sistema de indemnizaciones, limita el derecho de huelga al establecer que un conjunto de actividades “esenciales” deben garantizar entre un 50 y 75% los servicios si los trabajadores declaran un paro. Y admite nuevas formas de contratación laboral al margen de la ley de Contrato de Trabajo y elimina la indemnización agravada (multas) en los casos de los trabajadores mal o no registrados.

En diálogo con Clarin, el Secretario de Trabajo, Omar Yasin, defendió esos cambios y que se realicen a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia. Rechazó que fuera inconstitucional la modificación de leyes laborales a través de un DNU. También defendió su contenido con el argumento de que incentivará la creación de empleo y disminuirá la informalidad laboral.

También rechazó que pueda desatar o incentivar la conflictividad laboral o los juicios laborales. Y señaló que no habría motivos para la protesta de la CGT.

A continuación, un resumen de la conversación que mantuvo con este diario:

–¿ Van a convocar al Consejo del Salario Mínimo, Vital y Móvil?

— Vamos a convocar al Consejo del salario mínimo vital y móvil, posiblemente los primeros días de enero.

— ¿Consideran que está atrasado el valor del Salario Mínimo?

— Habrá que aumentarlo desde enero en un porcentaje bastante considerable. Vamos a ver lo que piden las partes.

— ¿Y a la Comisión de Trabajadoras de Casas Particulares?

— No está previsto .

— ¿Con 25 o 30% de inflación en diciembre, no es urgente convocar a esa Comisión?

— No lo analizamos. Y ni empleadores ni parte sindical pidieron su convocatoria.

— El Potenciar Trabajo está congelado a nivel del Presupuesto 2023. Con estos niveles de inflación, ¿lo van a ajustar por la suba del Salario Mínimo? ¿O por aumentos por decreto?

— No está previsto ajustarlo.

— Ahora, si sube el Salario mínimo y vital, hay que ajustar el Potencial Trabajo. ¿Se mantendrá ese vínculo?

— Seguramente habrá que modificar la normativa al transferir ese Programa de la Secretaría de Niñez y Familia a la Secretaria de Trabajo. Se está estudiando reformular el Potenciar Trabajo desenganchándolo del Salario mínimo y vital. Posiblemente se cambie incluso el nombre del Programa.

— La Asociación de Abogados Laboralistas cuestiona que se modifiquen las leyes laborales por un DNU. Dice que es inconstitucional. ¿Por qué el contenido del DNU no tomó la forma de un proyecto de ley?

— Primero no es inconstitucional. Alberto Fernández dictó varios DNU de materia laboral, incluso al día siguiente de haber asumido la Presidencia y también en marzo, durante la pandemia, modificando la ley de Contrato de Trabajo. Segundo. Fue una decisión tomada en base al estado en el que se recibió al país y que ameritaba adoptar urgentes medidas

— ¿Serán convocadas las paritarias para el sector público?

— Sí, en estos días. Ya hay pedidos de UPCN, por ejemplo. Y los acuerdos que se alcancen van a ser homologados por la Secretaria.

— ¿Por qué modifican a través de un DNU el sistema de indemnizaciones y las multas por no tener registrados a los empleados?

— Lo que se modifican son las multas que agravan la indemnización a favor del trabajador por la deficiente registración. Estas multas no hacen previsible la relación laboral para los empleadores, ya que potencian exponencialmente las indemnizaciones que establece la ley de Contrato de Trabajo. Esta situación hace que los empleadores no tomen trabajadores por los riesgos que implican este tipo de multas agravadas que no son originalmente creadas en la ley de Contrato de Trabajo. Las más perjudicadas por este tipo de indemnizaciones son las pymes, que son las que no pueden cumplir fielmente con la debida registración de los contratos de trabajo. No tuvo el resultado esperado porque el empleo informal sigue creciendo.

— La indemnización agravada (multas) busca elevar el riesgo del empleador de tener trabajadores no registrados. ¿Al eliminarla no se está incentivando el trabajo informal, justamente porque resulta más barato el empleo no registrado?

— Al cabo de 30 años, esas multas no cumplieron el efecto buscado que era disminuir la informalidad laboral. Nosotros queremos que el costo laboral de un trabajador sea previsible y el mercado laboral actual tiene normas que hacen imprevisible al contrato de trabajo. Un aspecto muy positivo de este DNU es la posibilidad de hacer un fondo de desempleo o de cese laboral, integrado por el empleador, que es voluntario, es decir, que tienen que estar de acuerdo los sindicatos con los empresarios. Y si es despedido el trabajador cobra la indemnización del Fondo inmediatamente, sin demora y sin incobrabilidad. Muchas veces el empleador ya no existe porque pasan años de juicio.

— ¿Cuál es la razón por la que se limitan los derechos de huelga con la incorporación de las llamadas actividades esenciales donde los trabajadores en huelga deben garantizar servicios de entre 50 y 75%?

— El derecho de huelga no se modifica. Se mantiene el derecho constitucional de huelga. Lo que se hace es preservar a la población de los efectos de una medida de fuerza, estableciendo actividades esenciales en las cuales la inacción no puede ser absoluta porque se tienen que mantener los servicios mínimos para la población.

— ¿No le parece que ese listado de actividades esenciales es muy amplio? Abarca transporte, salud, educación, alimentación, y tantos otros

— Ningún derecho es absoluto. Requiere algún tipo de moderación. Es para asegurar un mínimo de servicios.

— En la práctica es una limitación del derecho de huelga. ¿ O no?

— Insisto. Ningún derecho es absoluto.

— ¿No teme un incremento de la litigiosidad laboral por las fuertes objeciones que hacen las asociaciones de abogados que dicen que van a ir a la Justicia por las afectaciones del DNU o por los juicios individuales de muchos trabajadores?

— No. Es más, lo que se espera es una baja de la litigiosidad debido a que la norma aclara una cantidad de cuestiones. Y en ninguno de los casos hay inconstitucionalidades.

— Cómo son las relaciones con la CGT que cuestionó la modificación de las medidas laborales y no laborales del DNU y podrían adoptar medidas de fuerza?

— Entendemos que no son justificadas las reacciones de la CGT ya que se está haciendo uso de una herramienta constitucional, que es el DNU. Y el contenido del capítulo laboral tiene por objeto la generación de empleo, generar un estado de certidumbre y previsibilidad para el empleador y trabajador para motivar la generación de más fuentes laborales.

Últimas Noticias
NOTICIAS RELACIONADAS