Las empresas de medicina privada empezarán a enviar la facturación de enero para los afiliados que tuvieron la cuota congelada. Tendrán un aumento del 32,38% más el 6,26% que corresponde al aumento autorizado por la Superintendencia de Salud. Acumulado es un 40,67%.
Se estima que ese incremento impactará en unos 300.000 titulares asociados a las prepagas.
De acuerdo a la fecha de pago – por mes vencido o adelantado- en los primeros días de enero, fines de enero o comienzos de febrero esos afiliados deberán abonar este incremento.
En estos meses, algunas prepagas estuvieron facturando sin la cuota congelada, pero especificando como “bonificación” la diferencia. Ahora, la facturación vendrá con los nuevos valores sin dicha bonificación.
Se estima que un plan medio para un matrimonio podría rondar los $ 150.000 mensuales. Los que derivan aportes pagan la diferencia entre el importe del plan y los aportes derivados.
El aumento de enero del 6,26% corresponde al Indice de Costos de Salud que se aplica con un desfasaje de 2 meses. Así, el aumento de enero corresponde al Índice al 30 de noviembre. A fin de mes debería difundirse el porcentaje de febrero.
Se descuenta que tras la devaluación del peso, los costos de salud pegarán un salto importante y, si se mantiene el actual esquema, volverá a los 2 dígitos.
De todos modos, las nuevas autoridades de Salud deberán resolver varios puntos:.
Si se mantiene o no el ajuste de las cuotas según el Índice de Costos de Salud para los que ganan más de 6 Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM) o el 90% del RIPTE (Remuneración Imponible de Trabajadores Estables) para el resto (Ingresos inferiores a 6 SMVM). O cada prepaga podrá fijar los valores de las cuotas y los aumentos, sin la regulación de la Superintendencia.Si mantienen o no los beneficios impositivos y de previsión otorgados a las empresas de salud a cambio de ese congelamiento de las cuotas. Según el decreto 478/2023, las empresas de salud quedaron exentas desde el 1° de septiembre de 2023 hasta el 31 de marzo de 2024, inclusive, del pago de las contribuciones patronales que recibe el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA)- ANSeS.Si continúa el plan de pagos especial en 9 cuotas, con el primer vencimiento en marzo de 2024, para las obligaciones de pago de las contribuciones patronales y del Impuesto al Valor Agregado (IVA) respecto de los períodos fiscales devengados en los meses de agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2023,Con relación al Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias a partir del 1° de septiembre de 2023 hasta el 31 de marzo de 2024, inclusive se aplicarán las alícuotas reducidas que estaban vigentes sólo hasta el 31 de diciembre.